Comunicado; Sobre situación ocurrida en Dajabón con menores de edad en movilidad
SÀBADO, 17, MAYO 2025: Desde el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) rechazamos categóricamente las acciones reportadas el jueves 15 de mayo del 2025, en la provincia fronteriza Dajabón, donde una autoridad municipal actuó de manera arbitraria e irregular violentando los protocolos establecidos para el abordaje de casos de niños, niñas y adolescentes en situación de calle y/o movilidad, y las disposiciones de la Ley 136-03, Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, específicamente en lo relativo al derecho a la integridad personal y al traslado o retención ilegal de las personas menores de edad.
Informamos que nuestra Oficina Municipal Dajabón tiene un equipo técnico con presencia permanente en el Centro de Acogida de la Dirección General de Migración (DGM) de la citada localidad, específicamente al espacio “Amigable para la Niñez”.
Una vez recibidos los niños, niñas y adolescentes por parte de DGM al CONANI, se procedió a realizar las entrevistas definidas en el «Protocolo para la Identificación, Atención y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Movilidad Humana».
Tras la evaluación de cada caso, se determinó que seis de los menores de edad interceptados no tenían arraigo en territorio nacional y refirieron familiares en Haití, por lo que se dispuso su retorno asistido y entrega, en el Puente Binacional Dajabón-Ounaminthe, a las autoridades del Instituto de Bienestar Social y de Investigación (Ibesr), de Haití, con fines de reunificación familiar en territorio haitiano.
Cinco niños y adolescentes salieron sin consentimiento de las instalaciones de la DGM, conforme a lo reportado oficialmente, antes de que se le realizaran las evaluaciones correspondientes.
Desde el año 2021, el CONANI viene impulsando un programa de atención y protección a niños, niñas y adolescentes en contexto de condición migratoria irregular, en articulación con distintos actores del sistema, que ha fortalecido las capacidades de respuesta a nivel local, con personal especializado y recursos para un abordaje garante de derecho.
Recordamos que el artículo 12 de la Ley 136-03 reconoce el derecho a la integridad personal, entendida como el respeto a la dignidad, la inviolabilidad física, psíquica, moral y sexual, y la protección contra cualquier forma de explotación, maltrato, tortura, abuso o negligencia que atente contra dicho derecho.
Como ente rector del Sistema Nacional de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, hacemos un llamado a que toda actuación en la que se vean involucrados niños, niñas y adolescentes se realice con apego al debido proceso, la coordinación interinstitucional, la sensibilidad requerida y el respeto irrestricto a sus derechos fundamentales.
Estos principios están consagrados tanto en nuestra legislación como en la Convención sobre los Derechos del Niño, incluyendo el interés superior del niño, la igualdad y no discriminación, el derecho a la vida y la preservación de la unidad familiar.
El CONANI continuará dando seguimiento a esta situación en coordinación con las autoridades competentes y los actores del Sistema de Protección, para garantizar la aplicación efectiva de los protocolos que salvaguardan los derechos de la niñez y la adolescencia
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